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FINANCIACION EXCEPCIONAL PARA PYMES Y AUTONOMOS COVID 19.

¿ Eres Pyme, autónomo y no puedes hacer frente a los pagos en tu habitual actividad económica?

Te ayudamos a conseguir la financiación para pagar Nóminas , alquileres , proveedores a lo largo de este periodo de tiempo para que tu actividad se resienta lo menos posible.

AYUDAS-EXCEPCIONALES-COVID-19


ICO con el 80% avalado por el estado.

En el Consejo de Ministros del 24 de marzo de 2020 se aprobaron las características del primer tramo de la línea de avales del ICO, los cuales podrán solicitar préstamos desde los autónomos hasta las grandes empresas.

La única diferencia es que habrá determinadas condiciones según el tamaño de la empresa.

Veamos cuáles son:

Líneas ICO COVID-19 para autónomos, microempresas y PYMES

  • Para autónomos y microempresas (hasta 10 empleados)
  • Para empresas de hasta 250 empleados y ventas inferiores a 50 millones de euros o con un total de activo inferior a 43 millones de euros.
  • Para cualquier sector de actividad.
  • Para necesidades de liquidez como:
    • pago de salarios, alquileres u otros gastos fijos.
    • pago a proveedores.
    • pago de vencimientos de financiación y obligaciones tributarias.
  • El importe que se podrá prestar será de hasta 1,5 millones de euros o hasta el 25% de ingresos anuales o 24 meses de gastos de personal.
  • Plazo de devolución del préstamo de hasta 5 años con 1 de carencia.
  • El gobierno avala el 80% del importe del préstamo.

Líneas ICO COVID-19 para grandes empresas

  • Para empresas de más de 250 empleados y ventas superiores a 50 millones de euros o con un total de activo superior a 43 millones de euros.
  • Cualquier sector de actividad.
  • Para necesidades de liquidez como:
    • pago de salarios, alquileres u otros gastos fijos
    • pago a proveedores
    • pago de vencimientos de financiación y obligaciones tributarias.
  • El importe que se podrá prestar será de hasta el 25% de ingresos anuales o 24 meses de gastos de personal.
  • Plazo de devolución de hasta 5 años con 1 de carencia.
  • Garantía del 70% para nuevas operaciones y 60% en renovaciones.

También puede interesarte las líneas ICO 2020:

ICO 2020 CRÉDITO COMERCIAL

ICO 2020 GARANTÍA SGR/SAECA

ICO 2020 EMPRESAS Y EMPRENDEDORES

 

CDTI s sin garantías ni avales y con un sistema más rápido de aprobación.

Para apoyar el mantenimiento de actividades de alto valor añadido y la creación de capacidades para la reactivación de la economía en el ámbito de la innovación empresarial. Estas medidas podrán ponerse en marcha de manera inmediata al ser aplicadas sobre instrumentos CDTI ya en funcionamiento.

  • Exención de garantías: Esta medidas se aplicarán a todos los proyectos aprobados a partir del día 14 de marzo de 2020 y estará en vigor hasta el 31 de diciembre de 2020. Estas condiciones suponen:
    • Son aplicables a todas las ayudas parcialmente reembolsables del CDTI:
      • Proyectos de I+D (incluidos CIEN y Proyectos de Cooperación Tecnológica),
      • Proyectos de I+D Transferencia Cervera y
      • Líneas de Innovación LIC y LIC-A.
    • La exención se garantías está destinada a PYMES y MidCaps siempre y cuando se cumpla la mínima solvencia*, se mantienen los criterios de CDTI relativos a la solvencia financiera de las empresas (empresa en crisis, ampliaciones de capital, etc.) Los importes de los limites de aplicación (dados para el importe total de la ayuda CDTI (Tramo Reembolsable+ Tramo NO Reembolsable), excepto para los Proyectos ID Cervera y Proyectos ID de caracter internacional  que computaría solo el Tramo reembolsable de la ayuda) son:
      • Hasta 500.000 euros para pequeñas empresas.
      • Hasta 1.000.000 euros para medianas empresas.
      • Hasta 3.000.000 euros para empresas de mediana capitalización.
    • Cuando la actividad de I+D+I esté relacionada con los productos considerados de emergencia por el Gobierno en relación con el COVID-19, la minoración de garantías se verá ampliada a los siguientes límites:
      • Hasta 1.000.000 euros para pequeñas empresas.
      • Hasta 2.000.000 euros para medianas empresas.
      • Hasta 6.000.000 euros para empresas de mediana capitalización.
    • Actualmente, estos productos de emergencia (se podrían llegar a ampliar en los próximos días) son de los tipos referidos en la Orden del Ministerio de Sanidad SND/233/2020, de 15 de marzo:
      • Mascarillas quirúrgicas, de tipo II y IIR.
      • Mascarilla protección FFP2.
      • Mascarilla protección FFP3.
      • Kits PCR diagnóstico COVID-19 y sus consumibles.
      • Kits de diagnóstico rápido (detección de antígeno).
      • Hisopos.
      • Gafas de protección.
      • Guantes de nitrilo, con y sin polvo.
      • Batas desechables e impermeables.
      • Solución hidroalcohólica (biocida y cosmético) y sus materias primas.
      • Dispositivos ventilación mecánica invasiva (VMI).
      • Fungibles o consumibles de equipos de VMI.
      • Alcoholes sanitarios.
      • Clorhexidina.
  • Agilización de trámites: En lugar de celebrar un único Consejo de Administración al mes, se realizarán evaluaciones continuas de proyectos, habilitando el formato telemático para acelerar al máximo el proceso de aprobación y concesión de ayudas.
    • Antes se celebraba un único Consejo de Administración al mes (último jueves de cada mes), por lo que el plazo entre la solicitud y la resolución solía oscilar entre 2 y 4 meses, ahora hay un Consejo de Administración semanal, con posibilidad de aumentar frecuencia. ​​​
    • Se priorizarán los proyectos con impacto en la crisis sanitaria COVID 19.​​​​​​​

AVALIS avalando el 100% de las operaciones 

El ICF y Avalis de Cataluña ofrecen soluciones con la finalidad de cubrir las necesidades de liquidez de las empresas catalanas a consecuencia de la situación derivada del COVID-19. Las empresas se tendrán que comprometer a mantener puestos de trabajo.

Condiciones financieras:

Importe: préstamos de las entidades financieras entre 50.000€ y hasta 1M€, con el aval de Avalis por el 100% del principal.

Plazo: entre 2 y 5 años, con hasta 1 año de carencia incluido.

Interés: por parte de las entidades financieras, limitación del precio a EURIBOR a 12 meses, más un diferencial máximo del 2,35%.

Comisiones: Comisión de Administración y Riesgo (CAIR) del 0,65%. Sin comisión de apertura ni de estudio.

Créditos entidades bancarias privadas

Consigue créditos a un t.i del 1,5% a 5 años y con carencia de 12 meses .

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